Ene 25, 2018 IMPACTO INFORMATIVO Locales, Policiales, Regionales 0
Impacto – Les dictaron preventiva por 90 días. La jueza de Control Jimena Cardoso (foto) tuvo a cargo el trámite. Dos de los detenidos fueron imputados por los delitos de abuso de armas y portación de armas sin permiso legal.
Durante la mañana de ayer se realizó en General Pico la audiencia de formalización contra dos de los imputados por el tiroteo ocurrido el pasado domingo en el bar “El Huinchi” del Barrio “El Molino”. Permanecerán detenidos por 90 días mientras avanza la investigación.
Se trata de Lautaro Ramos Tisera y Javier Pere, quienes fueron capturados en Realicó. Se les imputa los delitos de abuso de armas y portación de armas sin permiso legal. Mientras que el joven que fue baleado no quiso realizar la denuncia.
La audiencia fue presidida por la jueza de Control Jimena Cardoso, mientras que el Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal Guillermo Komarosky, quien estuvo acompañando por el fiscal general Armando Agüero. Los imputados fueron asistidos por el defensor oficial Alejandro Caram.
Durante la audiencia, los representantes del Ministerio Público Fiscal narraron que “el día 22 de enero de 2018, siendo alrededor de las 0:30 horas, momento en que el ciudadano Enzo David Godoy se encontraba junto a un grupo de personas en calles 4 y 33, se apersonaron Ramos Tisera y Pere, empuñando un arma de fuego corta, posiblemente un calibre 22, y efectuaron disparos contra la humanidad de Enzo David Godoy, impactando uno de esos disparos en la pierna izquierda del nombrado”.
“En virtud de ello, la Fiscalía considera que la calificación provisoria que se debe otorgar al hecho es de lesiones leves. Se lo recibió a Godoy anteriormente y él se abstuvo de ejercer la acción por las lesiones leves, por lo tanto la Fiscalía no va a investigar el delito”, explicaron seguidamente.
Sin embargo, los fiscales sostuvieron que “(El Ministerio Público) sí considera que el haber disparado un arma de fuego en la vía pública en la presencia de terceros que nada tenían que ver podría encuadrarse el hecho en la figura de abuso de armas”.
“Por el tipo de herida de arma de fuego que presentaba Godoy, la misma sería asignada a un calibre por lo menos 22 o 38, por lo tanto consideramos que debe ser encuadrada la conducta de los demandados en el delito de portación de arma de fuego de uso condicional sin la debida autorización legal”, completaron.
Por su parte el defensor Alejandro Caram se mostró en desacuerdo con el relato de los hechos planteados por la Fiscalía y se opuso al plazo de prisión preventiva planteado. En su lugar, requirió que sus defendidos permanezcan detenidos por el lapso de 72 horas.
Finalmente, la jueza Cardoso accedió al planteo de los fiscales al dictar una prisión preventiva por 90 días para los dos imputados. Además, dispuso la realización de otras medidas como rueda de reconocimiento y extracción de sangre por ADN para determinar si coincide con las muestras tomadas en el lugar del hecho.
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