Dic 29, 2017 IMPACTO INFORMATIVO Economia, Locales, Politica 0
Impacto – Según informó el Centro de Industria y Comercio de Realicó, la Dirección de Ambientes y Controles de la Municipalidad de Realicó emitió un comunicado sobre el cierre de comercios durante el 31 de diciembre y el 1 de enero.
El 31 de diciembre, al ser domingo, los comercios deben ajustarse a los requerimientos de la ley sobre cierre dominical, la Nro. 2717/2013, que sostiene entre otras cosas que:
“El artículo primero de la norma determina que los establecimientos comerciales y de servicios, mayoristas o minoristas, con o sin venta al público, con o sin empleados en relación de dependencia situados en el ámbito de la provincia de La Pampa “podrán determinar libremente los días y horarios de apertura y cierre de los mismos”.
El artículo neurálgico es el quinto: “Los establecimientos que desarrollen actividades centradas en la venta, empaque, expendio, expedición, administración y otras actividades comerciales afines, y posean locales comerciales cuya superficie total, sumando todas las sucursales de la misma empresa o establecimiento, marca, licencia o franquicia, o que tengan la misma razón social o nombre de fantasía dentro de un mismo ejido municipal, exceda los cuarenta metros cuadrados (40 m2) deberán desarrollar sus actividades de atención al público de lunes a sábados, entre las seis (06:00) y las veinticuatro (24:00) horas”.
La obligación no alcanza a “aquellos establecimientos que tengan como actividad exclusiva la elaboración y/o comercialización de alimentos, la prestación de servicios, videoclubes, venta de plantas y flores y estaciones de servicio”.
El incumplimiento del cierre dominical “será sancionado con multa y clausura temporaria de los establecimientos”, dispone el artículo sexto.
Mientras que el 1 de enero al ser feriado nacional, queda “la apertura de comercios a consideración de sus propietarios”.
EL COMUNICADO DICE LO SIGUIENTE:
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