Feb 03, 2021 IMPACTO INFORMATIVO Locales, Politica 0
La jueza Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 19 de Resistencia, Chaco, frenó la aplicación de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en esa provincia, mediante una medida cautelar, lo que desencadenó distintas expresiones, entre ellas numerosas manifestaciones de repudio.
Y en La Pampa, una organización política va en busca del mismo camino de tierras chaqueñas para el aborto legal.
Mediante un comunicado de prensa, el partido político NOS, distrito La Pampa, sostuvo que presentaron «en el Juzgado Federal de La Pampa una demanda solicitando la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.610 -Ley de interrupción voluntaria del embarazo».
Según expresa el texto que lleva la firma del presidente provisorio partido Gonzalo Baigorria y de su apoderado Omar Adrián Cayre, «se presentó en el Juzgado Federal de nuestra provincia una demanda» porque «se legaliza el aborto priorizando la voluntad de la mujer y el goce desentendido de toda responsabilidad de la sexualidad y aptitud reproductiva, sin atender a las cuestiones biológicas, éticas, morales y jurídicas subyacentes».
Cayre es uno de los abogados defensores del ex militar miembro de la represión en La Pampa, Luis Baraldini.
Además agrega que «el daño que se pretende conjurar es la eliminación indiscriminada de vidas de los niños concebidos no nacidos (en gestación). Por la presente demanda se reclama la declaración de certeza del ´Derecho a la Vida´ que asiste a las personas por nacer, siendo el mismo de incidencia colectiva, porque atenta contra la vida como derecho universal y básico de los seres humanos, tanto por nuestro ordenamiento como por los tratados internacionales de derechos humanos incorporados al plexo constitucional. La ley 27.610 no debate sobre si la persona por nacer tiene condición de persona, o desde cuándo comienza la vida ni de las consecuencias biológicas, jurídicas, éticas y morales involucradas en el ‘aborto’. Directamente aplana al sujeto, lo ‘desaparece’, deja de lado sus derechos y procede a su eliminación a requerimiento consentido».
«La ley 27.610 adolece de una grave falla: que es relegar la nueva vida humana durante las primeras trece semanas del embarazo como una ‘cosa’ propiedad de la mujer gestante, subordinada a sus derechos privativos y, por ende, descartable a su requerimiento libre e informado. Lo acomete a través de la negación de su existencia, ausencia de consciencia y la manipulación lingüística que no se ajusta a la realidad subyacente al aborto cual es la muerte inducida intrauterina del nuevo sujeto. Nótese que todos los abordajes de la información a suministrar a la mujer gestante que hace la ley en el art. 6 no se aborda el aspecto jurídico del niño en gestación», dice textualmente el comunicado, agregando que «para el niño será la pérdida de su vida, y para la madre cargar en su consciencia la culpa de la vida truncada por su propia decisión; a fin de resguardar los derechos vulnerados por la ley 27.610 que disponga una medida cautelar urgente de no innovar por el plazo de ciento veinte días que se estima que pueda durar la tramitación de la causa y substanciación de la prueba».
Dic 02, 2024 0
El actor dijo que tanto él como sus compañeros están dispuestos a filmar y que tienen muchas ganas de llevar adelante el proyecto. La foto con la que se había anunciado el regreso de «Los...Dic 03, 2024 0
Hasta tanto el jubilado no realice el trámite deberá pagar los medicamentos con 40%, 50% y 80% de descuento. Cómo hacer el trámite y cuáles son los requisitos. El Programa de Atención Médica...